Nuestro Derecho a Reparaciones Climáticas

El cambio climático es definido por la CMNUCC como la acción humana directa o indirecta que ha alterado la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observado por periodos de tiempo comparables. (UN, 1992 Art. 1) La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha mencionado que en virtud de la Convención Marco de Cambio Climático (CMNUCC) se derivan obligaciones de los Estados por parte de daños causados por el cambio climático.

 


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