Las organizaciones abajo firmantes, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 64 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH, de aquí en adelante) y de los artículos 70 y 73.3 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH, de aquí en adelante), presentamos observaciones a la solicitud de Opinión Consultiva (OC, de aquí en adelante) puesta a consideración de este tribunal por la República de Chile y la República de Colombia relativa a la “Emergencia Climática y Derechos Humanos”.
Dicha solicitud tiene por objeto que la Corte IDH defina el alcance de las obligaciones estatales, en su dimensión individual y colectiva, para responder a la emergencia climática en el marco del derecho internacional de los derechos humanos, afrontando sus causas y consecuencias de manera urgente y teniendo en cuenta consideraciones de equidad, justicia, precaución y sostenibilidad.
Objeto:
Las organizaciones firmantes somos organizaciones de derechos humanos de distintos países de América Latina y organizaciones globales con trabajo en la región que contamos con experiencia en el vínculo entre la política fiscal y económica y los derechos humanos. En ese sentido, nuestras observaciones tienen por objeto aportar información, buenas prácticas y estándares vinculados a las políticas macroeconómicas y fiscales en el contexto de la emergencia climática, teniendo en cuenta especialmente las afectaciones que dicha emergencia tiene sobre los derechos humanos.




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